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El Comité sesionará dos veces al año en forma ordinaria y en forma extraordinaria, cuando el presidente lo estime necesario o a petición de la tercera parte de los integrantes.
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Cada integrante designará un suplente, con excepción del Secretario Técnico, quienes deberán tener el cargo inmediato inferior y tendrán los mismos derechos y obligaciones que el titular.
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Los cargos de los integrantes del Consejo serán honoríficos.